Esta página es para el registro de nuevos Cultores en la Entidad Religiosa Cultus Deorum Hispania.
Es un requisito imprescindible el registro para la pertenencia al Cultus Deorum Hispania.
De los Estatutos del Cultus Deorum Hispania:
Artículo 16. Nadie será obligado a practica la confesión ni se le impedirá abandonarla si así lo desea.
Artículo 17. Son cultores o cultrices los
practicantes de la confesión Cultus Deorum Hispania.
Artículo 18. Podrá ser cultor o cultrix
cualquier ciudadano español o extranjero legalmente residente en España mayor
de edad sin distinción de raza, sexo o condición, que así lo solicite o
lo manifieste públicamente y practique el culto a los dioses.
Artículo 19. Solo aquellos cultores y cultrices
registrados y perteneciente a un conventus de la confesión podrán participar de
los procesos de elección de cargos y ser elegidos para los mismos.
Artículo 20. No se podrá negar a ningún cultor o
cultrix que así lo manifieste el acceso y participación a cultos, ritos y
ceremonias de la confesión.
El enlace para el registro es:
Formulario Registro
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